Todos queremos a nuestras mascotas y confiamos en que nunca cometan ninguna barbaridad, pero la Ley prevé que esto pudiera ocurrir y nos obliga a tener un seguro de Responsabilidad Civil para determinados perros.
El Real Decreto 287/2002 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos son da una lista de las razas que tienen que tener seguro de manera obligatoria y para un capital mínimo de 120.000€, son estas:
Índice
a) Pit Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffodshire Terrier.
d) Rottweiler.
e) Dogo Argentino.
f) Fila Brasileiro.
g) Tosa Inu.
h) Akita Inu.
Pero además la norma redacta una serie de características que cumpliendo la mayoría de ellas también sería obligatorio tener un seguro:
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
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